VISTO:
El convenio de mantenimiento de Zona de Caminos a celebrarse entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Tres Lomas, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo la Municipalidad de Tres Lomas se compromete a realizar por administración y/o terceros trabajos de desmalezamiento, parquización y preservación de los espacios forestales en banquinas y préstamos del camino de Red Provincial Secundaria Pavimentada (127-02) que une la Ruta Nacional 33 con la Ruta Provincial N° 85 y constituye el acceso a la localidad de Tres Lomas, en Jurisdicción de su Partido, totalizando una longitud de 34,65 Km y una superficie de corte total de 29,11 Has.;
Que la D.V.B.A pagará a la Municipalidad la suma de pesos Cuatrocientos cincuenta ($ 450) por hectárea de acuerdo a mediciones mensuales a realizarse de forma conjunta hasta un valor máximo anual de pesos Ciento treinta mil novecientos noventa y cinco ($ 130.995.-);
Que el mencionado convenio se firma por el término de doce (12) meses contados a partir de la notificación del municipio de la aprobación del mismo;
Que estas acciones son de vital importancia para todos aquellos que transitan por la ruta mencionada, dado que mejoran la visibilidad, amplía los espacios de banquina, disminuyendo así los eventuales accidentes.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA
CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1: Autorízase al Intendente Municipal del distrito de Tres Lomas, Dn. Roberto Oscar Álvarez, a celebrar un Convenio de Mantenimiento de Zona de Camino con la Dirección de Vialidad de La Provincia de Buenos Aires, cuya copia se anexa a la presente como ANEXO I.-
ARTICULO 2: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2017.