VISTO:
El constante incremento de la circulación de vehículos, tanto de autos como de ciclomotores en la Planta Urbana de la ciudad cabecera del Distrito de Tres lomas; y
CONSIDERANDO:
Que dicho transito se desarrolla en forma desordenada, provocando accidentes de distintos tipos.
Que está vigente la Ordenanza 823/08 – Plan de Seguridad y Ordenamiento Vial para el Partido de Tres Lomas.
Que se podría lograr un ordenamiento de tránsito a bajo costo.
Que se hace necesario realizar un ordenamiento de transito con la construcción de rotondas, de dimensiones reducidas, en la intersección de los ejes de calles pavimentadas; las cuales implican seguridad en el control de tránsito, ya que reducen la velocidad obligatoriamente y agilizan el trafico si se lo compara con el tiempo de espera que implicaría un semáforo en rojo; además de representar un aporte estético a la ciudad.
Las rotondas mencionadas se ubicaran con centro en la intersección de los ejes de las calles concurrentes, con la intención de ordenar el tránsito de bicicletas, motos y vehículos, además de cumplir con las normas establecidas y tendrán dimensiones que no impidan un tránsito ágil.
Que la colocación de maceteros, en años anteriores, en la intersección de los ejes de calles pavimentadas, aprobada por las Ordenanzas 928/10 y 948/11, dio muestras de que se logró agilizar y controlar el tránsito vehicular en Tres Lomas. Las mismas fueron derogadas por la Ordenanza 992/12.
Que en algunas arterias, debajo de la intersección de esos ejes de calle, existen tapas de cámaras de inspección de los desagües pluviales.
Que los peatones, en las ciudades donde existen estas rotondas, cruzan las calzadas con mayor tranquilidad.
Que, además, es necesario el control del tránsito vehicular en todos sus aspectos en el Distrito de Tres lomas, con medidas complementarias e integrales y personal debidamente capacitado para esa tarea.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y
SANCIONA CON FUERZA DE:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la construcción, en la planta urbana de Tres Lomas, de rotondas en todas las intersecciones perpendiculares de calles pavimentadas cuyo ancho de calzada sea de 11,00 metros.
Artículo 2º: Inciso a) La dimensión de las rotondas sería de un diámetro de 1 metro, tomando como centro de la circunferencia la intersección de los ejes de calles, y su altura idéntica a los cordones existentes.
Inciso b) El centro libre de dichas rotondas, sería rellenado de tierra y césped en su parte superior superficial, lo que permitirá acceder sin inconvenientes a las cámaras de inspección de los desagües pluviales existentes en algunas calles de la ciudad.
Artículo 3º: Pintándose, de color amarillo vial, la totalidad de la circunferencia de la rotonda.
Artículo 4º: Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2017.