VISTO:
El proyecto de Código de Edificación elaborado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Tres Lomas, y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo configura una respuesta a las necesidades que se presentan en el partido de Tres Lomas en el campo de las construcciones particulares y públicas;
Que durante los últimos años se han generado innumerable cantidad de obras nuevas, reparaciones, reformas y ampliaciones de obras existentes, la mayoría de las cuales no han sido registradas, evidenciándose errores en las mismas propios de la falta de asesoramiento adecuado y producto del incumplimiento de las normas aplicables;
Que el presente Código establecerá las condiciones generales y particularidades para la ejecución de las obras en nuestro distrito, así como la responsabilidades tanto de particulares como de profesionales al momento de ejecutar una obra, cuyo cumplimiento será exigido por la Municipalidad de Tres Lomas;
Que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Tres Lomas ha realizado consultas a diversos profesionales para la concreción del mismo, contribuyendo a la redacción definitiva de esta norma.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA
CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Sanciónase el Código de Edificación del Partido de Tres Lomas, que como Anexo I se adjunta a la presente y que consta de un (1) Índice Sistemático dividido en siete (7) títulos y cuatrocientos cuarenta y cinco (445) artículos.
Artículo 2º: La presente será reglamentada por el Departamento Ejecutivo a efectos de determinar las condiciones para la aplicación de la misma.
Artículo 3º: Quedan derogadas todas las normas que expresa o implícitamente se opongan a las sancionadas por esta ordenanza.
Artículo 4º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2017.