VISTO:
Que el Hospital Municipal Dr. Domingo V. Girotti, cuenta con dos residencias para Ancianos, a la fecha denominadas como Asilo 1 y Asilo 2, y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario, por el bienestar de quienes viven en el citado lugar, adjudicarles un nombre que les permita sentirse más cómodos y a gusto en el espacio en el que están transitando esta etapa de su vida.
Que si bien la palabra Asilo, nos habla de protección y amparo, se ha considerado la posibilidad de agregarles un nombre que les lleve a los recuerdos de su niñez o juventud, vinculada con la naturaleza.
Que estos nombres han sido pensados en función del bienestar que producen los árboles o arbustos con sus colores, belleza y aromas, ya que tienen propiedades terapéuticas no solo ornamentales.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Denomínese al hasta hoy, Asilo N° 1 con el nombre de “Las Rosas” colóquese un par de arbustos de dicha especie, para ornamentar y aromatizar el ambiente circundante al mismo, como así también un cartel con la designación.
ARTICULO 2º: Denomínese al hasta hoy, Asilo N° 2, con el nombre de “Los Naranjos” colóquese un par de árboles de dicha especie, para ornamentar y aromatizar el ambiente circundante al mismo, como así también un cartel con la designación.
ARTICULO 3º: Que de ser necesaria la reposición de las especies, por cualquier causa o razón, se haga en el tiempo que correspondiere para su correcto desarrollo y crecimiento.
ARTICULO 4º: Sugiérase, cuando se proceda a pintar los edificios que al menos una guarda o una pared, lleven los colores naranja y rosa, respectivamente, para así también tener una Individualización que sea visible, alegre y les recuerde el lugar en el que residen, como parte de la terapia de ubicación que se les debe brindar.
ARTÍCULO 5°: Invítese a los Adultos Mayores, personal administrativo, enfermeras, personal de servicio e integrantes del Consejo Consultivo local y área de Adultos Mayores del Municipio, a participar de la plantación de las mismas.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2018.