VISTO:
La nota presentada por el Movimiento Independiente por los Derechos Humanos de Tres Lomas y CTA en relación a la campaña conocida como Banco Rojo, y;
CONSIDERANDO:
Que están vigentes los tratados de Derechos Humanos (convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer).
Que la Constitución Nacional, en su artículo 28, establece los principios, garantías y derechos reconocidos y que no se podrán alterar.
Que la Ley Nacional Nº 26.485 establece la Protección Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres.
Que el Banco Rojo es un proyecto cultural y pacífico de prevención, información y sensibilización contra el femicidio.
Que esta iniciativa “la pandrina rossa” surgió en Italia como acción lanzada por “gli Stati General della Donne” y fue tomada por la comuna de Perugia, capital de la Región Umbría, al centro de la provincia (Italia).
Que el Banco Rojo representa un emblema universal del lugar ocupado por víctimas de femicidio y pretende como proyecto, lograr adhesiones y réplicas en todo el mundo para sensibilizar a los ciudadanos y particularmente a los más jóvenes.
Que la idea migró a nuestra tierra por iniciativa de la licenciada y especialista en violencia familiar Elisa Mottini, quien inauguró el primero de los bancos en el Hospital Álvarez de Buenos Aires, junto a un equipo de alumnos, médicos y la presencia y el acompañamiento de Beatriz Regal, madre de Wanda Taddei (víctima de femicidio en 2010 y que fue el caso que marcó un punto de inflexión para nuestro país en esta problemática).
Que el color rojo está tomado como símbolo para demostrar públicamente la violencia de género, representando la sangre derramada de las víctimas.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Píntese un banco color rojo en lugares estratégicos de nuestro distrito.
ARTÍCULO 2º: Colóquese en el mismo los números 144, para denunciar situaciones de riesgo, y cantidad de víctimas a la fecha 25 de noviembre de 2018, en la ciudad de Tres Lomas y en la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º: Inscríbase en el banco una leyenda como: “Ni una menos”, “Vivas nos queremos”, “Ni golpes que duelan, ni palabras que hieran”, “Somos el grito de las que no tienen voz”, etc.
ARTÍCULO 4º: Actualícese anualmente el número de víctimas.
ARTÍCULO 5º: Invítese y convóquese para realizar este trabajo a Municipalidad, HCD, CTA, M.I. DD.HH., a las instituciones de la comunidad, colectivos de género y referentes de las localidades.
ARTÍCULO 6º: Deléguese, en forma conjunta, a Municipalidad, HCD, CTA y M.I.DD.HH; la organización de la actividad en las distintas localidades.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2018.