VISTO:
La Resolución 35/18 dicada por la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que en la norma citada en visto se aprueba el Protocolo de actuación para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires destinados a los casos de violencia de género y discriminación por motivos de identidad de género u orientación sexual cometidos por o en contra de agentes municipales.
Que en el marco de las facultades establecidas al Defensor del Pueblo, y a partir de su intervención en episodios de violencia de género en el ámbito laboral, en un municipio de la provincia; en consonancia con la normativa internacional y nacional aplicable al caso, se propicia el presente Protocolo, notificando a todos los Municipios, convocando a los mismos a su aprobación y aplicación concreta.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébese el PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA PREVENCIÓN, SANCIÓN, ERRADICACIÓN DE SITUACIONES DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y DISCRIMINACIÓN POR IDENTIDAD DE GÉNERO U ORIENTACIÓN SEXUAL EN AMBITO LABORAL MUNICIPAL, que se detalla en el Anexo I de la Resolución Nº 35/18 de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2019.