VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia del PEN Nº902/2012 y sus modificatorios, las resoluciones de Directorio Nº 905/2017 y 1182/2018 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se propicia y fomenta el acceso al crédito para la vivienda a los bonaerenses mediante la línea crediticia “Tu Casa 120”; y;
CONSIDERANDO:
Que es de vital importancia para la paz social y el desarrollo de las capacidades humanas, que las personas puedan contar con su vivienda propia, en condiciones dignas, adaptadas a las características del grupo familiar y en armonía con el entorno local.
Que el Estado, en la medida de sus posibilidades, tiene la responsabilidad de facilitar los mecanismos para alcanzar tales objetivos, asegurando el desarrollo equilibrado de la comunidad y garantizando la equidad en la asignación de los recursos públicos.
Que el Municipio de Tres Lomas comparte con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la iniciativa de dar una respuesta a la importante necesidad habitacional de los vecinos de este Municipio, realizando las gestiones necesarias para garantizar, el acceso a una vivienda digna, contribuyendo con la disminución del déficit habitacional en el distrito.
Que, con fecha 5 de julio de 2014, el Municipio suscribió conjuntamente con el Comité Ejecutivo del Fondo Fiduciario Publico Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la vivienda única familiar (Pro.Cre.Ar.) creado por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº902/2012 y sus modificaciones (Pro.Cre.Ar), un Convenio de Colaboración, a través del cual el Municipio se comprometió, para el supuesto de contar con terrenos aptos para el loteo y construcción, a ofrecer los mismos a Pro.Cre.Ar, ello con el objetivo de generar una mayor oferta de inmuebles a ser adjudicados a favor de quienes resulten beneficiarios de crédito en el marco de Pro.Cre.Ar, para la financiación de compras de terrenos y construcción de vivienda.
Que, de conformidad con lo previsto en el Convenio de Colaboración suscripto oportunamente, el Municipio ofreció transferir a Pro.Cre.Ar, una fracción de terreno ubicada en la Ciudad y Partido de Tres Lomas, Provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Circunscripción II, Fracción I, Sección E, Chacra 6, Manzana 6bd, Parcelas 1 a la 28, cuya escritura traslativa de dominio fue suscripta por ambas partes con fecha 24 de noviembre de 2015.
Que mediante la suscripción de un Contrato de Mandato el día 25 de noviembre de 2015, el Banco Hipotecario S.A., en su carácter de Fiduciario del Fondo Fiduciario Pro.Cre.Ar, otorgó el mandato y poder especial al Municipio para que este realice, por cuenta y orden del primero, la contratación de la ejecución de las obras de infraestructura a llevarse a cabo en el inmueble propiedad del Fondo, ejercer la dirección de las obras mediante personal propio del Municipio y ejecutar, por si o por un tercero, el plano de subdivisión del inmueble y demás trámites necesarios que posibiliten la constitución de un loteo.
Que habida cuenta de la finalización de las mentadas obras de infraestructura, el Municipio ha llegado a un acuerdo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de que dicha entidad financiera lleve a cabo la construcción de 28 viviendas a través de la línea de crédito “Tu Casa 120” sobre los lotes de terreno desarrollados por Pro.Cre.Ar.
Que, a tales fines, el Municipio se compromete a realizar las gestiones necesarias ante Pro.Cre.AR, a los efectos de que los lotes a los que se hace referencia en los considerandos anteriores, sean puestos a disposición del Banco de la Provincia de Buenos Aires para la mencionada línea de crédito.
Que, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones de Directorio citada en visto, el Banco de la Provincia de Buenos Aires considera oportuno implementar una nueva línea de préstamos destinada a la compra de viviendas rápida tradicional o industrializada, para de esa manera coadyuvar al déficit habitacional que aqueja a la Provincia de Buenos Aires.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Declárase de interés municipal la implementación de “Tu Casa 120” consistente en una línea de crédito desarrollada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires con el fin de propender el acceso a la vivienda asequible.
ARTÍCULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Tres Lomas a suscribir el Convenio de Colaboración y/o addendas al mismo, con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y/o con el Fondo Fiduciario Pro.Cre.Ar, a los efectos de favorecer la adquisición de viviendas por los habitantes del distrito de Tres Lomas que cumplan con los requisitos exigidos por el mentado Banco y por Pro.Cre.Ar.
ARTÍCULO 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las acciones y gestiones necesarias para facilitar el desarrollo del Programa “Tu Casa 120” en el Municipio de Tres Lomas.
ARTÍCULO 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo las gestiones necesarias ante Pro.Cre.Ar para que éste último ponga a disposición del Municipio, los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción II, Fracción I, Sección E, Chacra 6, Manzana 6bd, Parcelas 1 a la 28, para la concreción de la construcción de veintiocho viviendas en el marco del Programa “Tu Casa 120”.
ARTÍCULO 5º: Exímese del pago de todos los tributos municipales vigentes en materia de delineamiento y construcción, a las edificaciones que se realicen en el marco del Programa “Tu Casa 120”.
ARTÍCULO 6º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones operativas, contables, presupuestarias y administrativas necesarias a fin de poner en ejecución lo dispuesto en la presente.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2019.