VISTO:
El Expediente Nº 4126-5892/19 mediante el cual tramita la construcción del Monumento a Manuel Belgrano, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho Proyecto tiene como objetivo el reconocimiento de uno de los principales patriotas de la Patria, destacando la figura de quien fuera abogado, economista, periodista, político, diplomático y militar rioplatense; el cual se destacó como uno de los grandes impulsores de la Revolución de Mayo, y consolidó la Independencia Nacional en las batallas de Tucumán y Salta.
Que dentro de su trayectoria ha sido uno de los grandes impulsores de la educación, proponiendo la capacitación en oficios que luego pudieran ser en beneficio del país. Además fue creador de la Bandera Nacional. Principalmente se destacó como un intelectual de una integridad intachable y firmes convicciones patrióticas, un trabajador desinteresado e infatigable al servicio del progreso del país y la educación de sus habitantes. Las circunstancias de la lucha emancipadora y su propia coherencia de pensamiento y acción lo abocaron, sin embargo, a asumir misiones militares en las que logró grandes éxitos como derrotas, que lo ubican como uno de los hombres más importantes en la historia de nuestro país y de la región, siendo este un reconocimiento más que merecido.
Que se prevé la inauguración del Monumento para el 9 de julio de 2019, Día de la Declaración de la Independencia, fecha patria de gran relevancia para nuestro país, reconociendo a Manuel Belgrano como uno de los próceres más comprometidos en este proceso independentista.
Dicho proyecto será ubicado en la intersección de Granadero Baigorria y acceso a las rutas 33 y 85, conforme a la memoria descriptiva que se anexa a la presente como Anexo I, y se realizará por Administración Municipal encontrándose incluida dentro del presupuesto municipal.
Que conforme lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su artículo 59 inc b), siendo estas atribuciones exclusivas del Honorable Concejo Deliberante aprobar la realización de las referidas obras.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el Monumento a Manuel Belgrano, el que será instalado en la intersección de Granadero Baigorria y acceso a las rutas 33 y 85, conforme a la memoria descriptiva que se anexa a la presente como Anexo I, la que pasará a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: Declárase de Utilidad Pública la construcción de la obra referenciada en el Artículo que antecede.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2019.