VISTO:
El Contrato de Franquicia para la Red de Educación REDPASCAL, a suscribir entre COMUNIDAD DIGITAL S.A., y esta Municipalidad; el Convenio Marco de Cooperación; el Acuerdo Específico por Oferta Académica a Universidad Blas Pascal y el Convenio Específico UBP – CED Tres Lomas sobre Condiciones de Funcionamiento, a suscribir con la Fundación Universidad Pascal, y;
CONSIDERANDO:
Que las partes acuerdan desarrollar actividades conjuntas en materia de Educación Presencial y a Distancia.
Que a través de los Acuerdos a suscribir, la Universidad Blas Pascal, permitirá el acceso a su propuesta educativa en la modalidad a distancia, exclusivamente bajo su responsabilidad y desde sus instalaciones en la Ciudad de Córdoba.
Que la implementación del Convenio en cuestión, permitirá a los vecinos de este Distrito, como así también a personas de localidades vecinas, acceder a una herramienta de estudio moderna y de carácter inclusivo.
Que la educación resulta un pilar fundamental en el desarrollo humano de los pueblos, siendo necesario para ello acercar a sus ciudadanos ofertas educativas variadas y de calidad.
Que resulta necesario emitir el presente acto legislativo convalidando los citados Acuerdos;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Intendente Municipal del distrito de Tres Lomas, Dn. Roberto Oscar Álvarez a suscribir el CONTRATO DE FRANQUICIA PARA LA RED DE EDUCACION REDPASCAL con Comunidad Digital S.A., y CONVENIO MARCO DE COOPERACION; ACUERDO ESPECIFICO POR OFERTA ACADEMICA A UBP, y CONVENIO ESPECIFICO UBP – CED TRES LOMAS SOBRE CONDICIONES DE FUNACIONAMIENTO, con la Universidad Blas Pascal, que se adjunta a la presente como ANEXOS I, II, III, y IV, los cuales permitirán el desarrollo de actividades conjuntas en materia de Educación Presencial y a Distancia.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2019.