VISTO:
El proyecto de obra de creación de la “Planta de Separación de Residuos Sólidos Urbanos en la ciudad de Tres Lomas”, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo ha evaluado la necesidad de contar con la Planta de Separación de Residuos Sólidos Urbanos, el cual fue proyectado y presupuestado en el Presupuesto 2019 aprobado por Ordenanza Nº 1249/2018.
Que la referida Obra, hasta lo presupuestado, será realizada íntegramente con fondos municipales encontrándose en la actualidad en condiciones de dar inicio a una primera etapa de la misma.
Que dicha Obra fue proyecta por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Urbanos de la Municipalidad de Tres Lomas, adjuntándose a la presente como Anexo I la memoria técnica, detallándose en la misma la construcción de un cerco perimetral y tinglado, adquisición de maquinarias de prensado, contenedores y otros elementos para concretar la separación y disposición de los residuos.
Que se requerirá a la Nación y la Provincia de Buenos Aires aportes económicos para concretar la culminación del proyecto; siendo una responsabilidad del Estado en todas sus órbitas garantizar un medio ambiente sano, por ser estas garantías constitucionales establecidas en el Artículo 41 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Que conforme lo dispuesto por el Artículo 52 y 59 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, siendo facultades del Honorable Concejo Deliberante declarar la Obra de utilidad pública, y autorizar la misma corresponde dictar la presente Ordenanza.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la obra de “Planta de Separación de Residuos Sólidos Urbanos en la ciudad de Tres Lomas”, conforme a la memoria descriptiva que consta como Anexo I, la que pasará a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: Declárase de Utilidad Pública la construcción de la obra referenciada en el Artículo que antecede.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2019.