VISTO:
El proyecto de convenio para la utilización del espacio público aéreo, a suscribir entre la Municipalidad de Tres Lomas y la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Tres Lomas Ltda., y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al mencionado convenio la Municipalidad confiere a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Tres Lomas Ltda., autorización para desplegar en la vía pública una red aérea de fibra óptica en la ciudad de Tres Lomas.
Que dicha obra traerá aparejado un incremento en la capacidad de la red y una mejora en la calidad del servicio para los vecinos de Tres Lomas.
Que la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Tres Lomas Ltda. se compromete a efectuar el objeto del convenio, respetando lo indicado por la Asociación Electrotécnica Argentina, las leyes nacionales y provinciales y las ordenanzas locales, vigentes en la materia.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir en favor de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Tres Lomas Ltda. el CONVENIO de utilización del espacio público aéreo Municipal, conforme el proyecto, croquis y demás documentación que se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2019.