VISTO:
Las actuaciones administrativas caratuladas “Agrupación de arqueros treslomenses solicitan espacio físico en Parque Integrado”, Expte. 4126-5998/19, y;
CONSIDERANDO:
Que se da inicio a las actuaciones mencionadas en visto, a partir de la nota presentada por la Asociación de Arqueros Treslomenses, recientemente creada en el Distrito.
Que solicitan la cesión de un espacio físico en el Parque Integrado Municipal, a efectos de realizar prácticas de Tiro con Arco al aire libre, actividad deportiva que desarrollarán en el lugar.
Que luego de las evaluaciones efectuadas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, conjuntamente con el Departamento Ejecutivo Municipal, se delimitaron los espacios en condiciones de ser cedidos en comodato, efectuándose un croquis especificando las dimensiones del espacio a ceder que pasarán a formar parte de la presente como Anexo I.
Que corresponderá a la Asociación el mantenimiento y cuidado del lugar, necesarios para su práctica deportiva, así como contar con los seguros correspondientes para todos aquellos que asistan al predio para la realización de la actividad. Eventualmente ante la concreción de algún evento deportivo en el lugar, deberán acreditar seguro de espectadores, el que deberán presentar al Departamento Ejecutivo al solicitar la autorización del mismo.
Que la Municipalidad de Tres Lomas, efectuará únicamente el desmalezado que se realiza habitualmente en todos los espacios públicos, encontrándose a cargo de la Institución el acondicionamiento de los lugares especiales de esta actividad estará a cargo de los comodatarios.
Que siendo un espacio público utilizado por toda la comunidad, sin perjuicio de la utilización que dará la referida Institución, deberán poner a disposición el espacio cedido en aquellas oportunidades en que se realices eventos masivos y abiertos a toda la comunidad.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en Comodato a la Asociación de Arqueros Treslomenses, los espacios del Parque Integrado Municipal que se indican en plano que se adjunta a la presente y pasa a formar parte de la misma como Anexo I, de conformidad con las obligaciones establecidas en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º: Autorizase a ceder las instalaciones mencionadas en el artículo precedente por el término de tres (3) años, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, siendo el mismo de carácter revocable, cuando no se cumplan las condiciones establecidas en la presente ordenanza.
ARTICULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar las normas de seguridad y condiciones de uso del espacio cedido.
ARTÍCULO 4º: Se encuentra prohibido para la referida institución, efectuar mejoras o modificaciones en el predio; en su caso de resultar necesarias deberán requerir previamente autorización al Departamento Ejecutivo Municipal previo a su realización, quedando ellas a favor de la Comuna una vez concluido el referido comodato.
ARTICULO 5º: Ante la realización de eventos públicos abiertos a toda la comunidad que cuenten con autorización de la Municipalidad de Tres Lomas, la Asociación deportiva deberá poner a disposición el espacio cedido en el artículo 1, durante los días y horarios en que se realicen los mismos.
ARTICULO 6º: Requiérase a la Asociación tenga a bien presentar ante el Departamento Ejecutivo los seguros correspondientes para la práctica deportiva.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2019.