VISTO y CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica Municipal faculta al Honorable Concejo Deliberante a que en casos especiales, proceda a eximir de impuestos a determinados contribuyentes.
Que las normas provinciales establecen eximiciones impositivas.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Decláranse exentos del pago de la Tasa por Servicios Urbanos y Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, por el Ejercicio 2020, a todos los inmuebles provinciales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2019.