VISTO:
La caída y posterior desaparición de árboles en el tramo del Camino Pavimentado 127 – 02 entre las vías del FF.CC ramal Tres Lomas – Pehuelches e isletas de ingreso a calle Granadero Baigorria, y;
CONSIDERANDO:
Que la rotura, caída y posterior retiro de los distintos árboles se debió a que dicha zona recibió, en varias ocasiones, el impacto de vientos huracanados de gran intensidad.
Que la pérdida de parte de esas plantas, algunas añosas, hace que una importante cortina de resguardo de vientos sobre la planta urbana de Tres Lomas vaya desapareciendo, como también la sombra que proyectan y la consecuente no participación en la baja temperatura en las épocas estivales.
Que la zona de referencia es muy utilizada por gran cantidad de pobladores para la realización de caminatas sobre la senda existente, como la práctica de distintos ejercicios deportivos.
Que el tramo definido se complementa con dos arterias que desemboca en él, las calles Dr. José Eugenio Cuesta y Granadero Baigorria, conformando un circuito de mayor extensión para el esparcimiento tanto sea caminando o realizando movimientos gimnásticos.
Que un Plan Integral de reforestación en el tramo Camino Pavimentado 127 – 02 entre las vías del FF.CC ramal Tres Lomas – Pehuelches, las calles Dr. José Eugenio Cuesta y Granadero Baigorria tendría un gran beneficio sobre la población de Tres Lomas, ya sea por la producción natural de oxígeno como una frondosa cortina de resguardo a la planta urbana como, además, de una moderación de altas temperaturas en las épocas estivales.
Que dentro del Plan Integral sería muy útil hacer participar a vecinos lindantes a la zona de forestación, para que contribuyan en el mantenimiento y cuidado de los retoños de las distintas especies plantadas como de las existentes. Para que en forma mancomunada, municipio y vecinos, puedan evitar la pérdida de árboles, como ha acontecido en los ocho años anteriores.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo realice los estudios para la realización de un Plan Integral de Forestación en la zona comprendida en el Camino Pavimentado 127 – 02 entre vías del FF.CC. ramal Pehuelches – Tres Lomas y la calle Granadero Baigorria, y sobre las calles Dr. Jesé Eugenio Cuesta y Granadro Baigorria.
ARTÍCULO 2º: Solicítese al Departamento Ejecutivo que dentro del Plan Integral de Forestación definido en el artículo 1º, se tenga en consideración la participación de vecinos lindantes a la zona.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2020.