VISTO:
La nota remitida por el Comisario del Comando de Prevención Rural, y;
CONSIDERANDO:
Que en la misma solicita se prorrogue el plazo del Contrato de Comodato, aprobado por Ordenanza 1111/15, para continuar haciendo uso del espacio físico para el funcionamiento e implementación del Sistema de Comando de Prevención Rural (C.P.R) sobre las bases de la Patrulla Rural existente en el ámbito de la Localidad de Tres Lomas.
Que a partir de la adhesión al Sistema de Comando de Prevención Rural (C.P.R), aprobado por Ordenanza Municipal Nº 1104/2015, la Municipalidad de Tres Lomas se comprometió a realizar acciones conjuntas a efectos de llevar a cabo los objetivos propuestos por el referido Sistema.
Que la autoridad de seguridad rural de este distrito informa, que el espacio cedido en comodato, les ha facilitado la realización de tareas operativas y que el mismo cumple con las exigencias mínimas para su correcto funcionamiento.
Que con el fin de dar continuidad al servicio que se presta, el Departamento Ejecutivo ha celebrado con el Ministerio Seguridad, ad referéndum de este Honorable Cuerpo, Addenda al Contrato de Comodato mediante el cual se prorroga por cinco (5) años más el pazo de cesión de parte del inmueble sito en calle Almirante Brown esquina Monteverde de ésta ciudad, identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Qta. 6, Parc. 5, propiedad de este Municipio.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalídase la Addenda suscripta el día 26 de marzo del año 2020, al Contrato de Comodato celebrado entre la Municipalidad de Tres Lomas y la Patrulla Rural de Tres Lomas que como Anexo I se adjunta a la presente, a través de la cual se extiende hasta el día 26 de marzo del año 2025, la cesión de una parte del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Qta. 6, Parc. 5, para el establecimiento de una dependencia policial, en razón de lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo Municipal, insértese en el Registro Oficial y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2020.