VISTO:
El Decreto N° 103/2020, el Expediente Nº 4126-6134/20, y;
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se estableció una cuenta bancaria municipal, a fin de canalizar allí los aportes voluntarios de particulares y/o empresas a los efectos de financiar insumos y equipamientos hospitalarios, alimenticios y/o de higiene, en el marco de la pandemia causada por el COVID-19 (coronavirus).
Que hasta el momento las sumas donadas ascienden a PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 581.489,00.-).
Que el Departamento Ejecutivo ha dado uso a esos recursos para paliar los importantes gastos que ha significado la adecuación del Hospital Municipal, la compra de insumos hospitalarios, la capitación del personal, la adquisición de elementos de higiene y de consumo para todas aquellas familias que debido al estado de pandemia perdieron sus fuentes de trabajo o vieron mermados sus ingresos, sumado ya a las importantes erogaciones efectuadas en áreas como son la Salud Pública y la Asistencia; significando estos aportes el 23,51% del total invertido en relación a la pandemia.
Que, los donantes, en su gran mayoría, han expresado su voluntad de que sus datos personales sean mantenidos en reserva, circunstancia por la cual se omite adjuntar sus datos a la presente, encontrándose el detalle en las actuaciones citadas en Visto.
Que desde el Departamento Ejecutivo se enviaron agradecimientos personalizados a todos los donantes, por el esfuerzo realizado en pos de la comunidad de Tres Lomas.
Que, atento a que aún no hemos logrado vencer como sociedad a esta terrible enfermedad, aún se encuentra disponible la citada cuenta bancaria para futuras donaciones.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 57° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde al Departamento Deliberativo Municipal, aceptar la totalidad de las donaciones ofrecidas.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: En un todo de conformidad con los considerandos que anteceden, acéptanse las donaciones efectuadas por particulares y/o empresas de acuerdo al Decreto 103/2020, las cuales permitieron dar financiamiento para la adquisición de insumos y equipamientos hospitalarios, compra de alimenticios y/o higiene, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por la Organización Mundial de la Salud, tras la aparición del COVID-19 (Coronavirus), de acuerdo a las constancias de depósitos obrantes en las actuaciones administrativas Expte. 4126-6134/2020.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2020.