VISTO:
La necesidad de la localidad de Ingeniero Thompson de contar con un escudo representativo, y;
CONSIDERANDO:
Que la propuesta tiene como finalidad que Ingeniero Thompson tenga un escudo que refleje la identidad propia de la localidad, resaltando los antecedentes históricos, y señalando su proyección hacia el futuro.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Llámese a Concurso Público para la creación del “Escudo Representativo de la Comunidad de Ingeniero Thompson”, en base a la reglamentación que se detalla a continuación:
a. Las obras deben ser originales e inéditas, realizadas con cualquier técnica.
b. El Escudo debe representarlos antecedentes históricos más significativos del pasado del pueblo, pudiendo hacer una proyección hacia el futuro, sin olvidar la toponimia primitiva que haya incidido en su denominación originaria (Las Charas) o una imagen semántica clasificatoria de esas evocaciones.
c. Se adjuntara a la obra, una sintética explicación acerca de la representatividad o significado de los elementos que la integran.
d. El autor de la obra premiada se comprometerá a ceder todos los derechos que pudieran corresponderle, a favor de la Municipalidad de Tres Lomas.
e. El Escudo elegido representara oficialmente a la comunidad, y respecto al 2° y 3° premio, la Municipalidad se reserva la facultad de usarlos en lo que considere corresponder.
f. La Municipalidad de Tres Lomas queda facultada para realizar el Escudo en impresiones, grabados, esmaltados, tallados o en cualquier forma técnica que determine.
g. El tamaño del Escudo en su versión completa y final no podrá exceder los 32 cm. de largo por 22 cm. de ancho, por ser las medidas típicas utilizadas para este tipo de certámenes.
h. Cada concursante podrá presentar una sola obra.
i. Los trabajos deben presentarse sobre material rígido (cartón, chapadur, etc.), no admitiéndose los que lleguen deteriorados.
j. Los gastos de envió corren por cuenta de los participantes.
k. La Dirección de Cultura de la Municipalidad velara por la buena conservación de las obras, pero no se hace responsable de los eventuales deterioros que pudieran producirse durante el envío.
l. El Departamento Ejecutivo establecerá las fechas de apertura y cierre de las presentaciones.
m. Los participantes galardonados con el 1°, 2° y 3° premio recibirán una distinción recordativa consistente en plaquetas.
n. El resultado del concurso y entrega de premios al ganador, será en fecha a determinar.
o. El Departamento Ejecutivo designara un jurado integrado por personas con conocimiento en la materia, artistas plásticos, historiadores, etc. Para la jura y elección de las obras.
p. El jurado se reserva el derecho de declarar desierto el premio por falta de mérito.
q. El fallo del jurado es inapelable y este Cuerpo está facultado para tomar decisiones que no se encuentren previstas por el presente reglamento.
r. Las obras recibidas para el concurso se expondrán por el término de una semana en un lugar a designar en el Hall de la Municipalidad.
s. Las obras no premiadas podrán retirarse en la Dirección de Cultura de ésta Municipalidad después de 10 días de la entrega de premios, y deberán ser conservadas por el autor durante un plazo de 60 días posteriores a dicha entrega por cualquier tipo de reclamos.
t. Las obras llevaran al dorso: el seudónimo del participante, perfectamente legible, en sobre aparte cerrado, lacrado y en cuyo frente conste solamente seudónimo deberán colocarse los datos del participante: nombre, domicilio, teléfono y número de documento.
u. Las obras deberán remitirse al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Tres Lomas, sito en calle Rivadavia 149, Código Postal 6409.
v. Por el solo hecho de presentarse a Concurso, todo participante da por aceptadas las cláusulas del presente reglamento.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2020.