VISTO:
La ordenanza Nº 1293/20, y;
CONSIDERANDO:
Que la ley Provincial Nº 15134, denominada “Ley Micaela” busca a través de la sensibilización, cambiar patrones de desigualdad anclados en nuestras Instituciones, brindando programas permanentes de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia de género, para personas que se desempeñen en cualquiera de los tres poderes del Estado Provincial.
Que la “Ley Micaela Bonaerense”, en su artículo 11º invita a los Municipios a adherir a la misma, a fin de arbitrar todas las acciones tendientes a garantizar los derechos y deberes consagrados en ella.
Que el Poder Ejecutivo Provincial estableció, conforme decreto reglamentario 45/2020 de la Ley 15164, al Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, como autoridad de aplicación de la norma Nº 15134.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1293/20, el quedara redactado de la siguiente forma:
“Adhiérase el Municipio de Tres Lomas, a la Ley Provincial Nº 15134, estableciendo la Capacitación Obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, ya sea por cargo electivo, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, en el ámbito de todas las dependencias del ámbito Municipal.”
ARTICULO 2º: Incorpórese a la Ordenanza Nº 1293/20 el Artículo 3 bis, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3 bis: La autoridad de aplicación, deberá elaborar un informe anual que refleje el grado de cumplimiento de las capacitaciones, las actualizaciones, la nómina de autoridades municipales que se han capacitado e indicadores de evaluación cualitativa sobre el impacto de las capacitaciones realizadas”.
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2020.