VISTO:
La nota presentada por vecinos de la localidad de Ingeniero Thompson y el Decreto N° 75/2021, y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la misiva citada en vistos, los vecinos de Ingeniero Thompson peticionaron la construcción de un monumento en homenaje a los caídos y ex combatientes del conflicto bélico suscitado en el extremo sur de nuestro país tendiente a recuperar la soberanía Argentina en nuestras Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.
Que en el entendimiento que un pueblo sin memoria está condenado a repetir los mismos errores, resulta imprescindible recordar a aquellos ciudadanos que asumieron la defensa de la soberanía Nacional, ofrendando en muchos casos su vida por la Patria.
Que mediante Decreto N° 75 el Departamento Ejecutivo Municipal autorizo el inicio de la obra de construcción de dicho monumento, a realizarse en la plaza principal de la localidad de Ingeniero Thompson y ad referéndum de este Honorable Concejo Deliberante.
Que resulta necesario dictar la presente Ordenanza, ratificando el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal, anteriormente citado.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruebase la construcción de la obra denominada monumento a Malvinas a construirse en la plaza principal de la localidad de Ingeniero Thompson, dispuesta por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto nº 75/2021 en un todo de acuerdo con la memoria descriptiva que como Anexo I pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2021.