Skip to content
HCDHCD
HCD
Tres Lomas

HCD Tres Lomas

  • Inicio
  • Institucional
    • Datos Institucionales
    • Acerca del Concejo
    • Sesiones
    • Instrumentos Legislativos
  • Ordenanzas
  • Decretos
  • Comunicaciones
  • Resoluciones
  • Actas de Sesiones
 
  • Inicio
  • Institucional
    • Datos Institucionales
    • Acerca del Concejo
    • Sesiones
    • Instrumentos Legislativos
  • Ordenanzas
  • Decretos
  • Comunicaciones
  • Resoluciones
  • Actas de Sesiones

ORDENANZA Nº 1341/21

VISTO:

El expediente Municipal 4126-6106/2020, sobre “Enajenación de bienes municipales en condición de desuso”, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza N° 1310/2020 este Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta de los bienes detallados en el anexo de dicha norma legal.

Que conforme lo informado por el Departamento Ejecutivo, los bienes que se detallan en el anexo que con la presente se acompaña, reúnen las condiciones para ser enajenados, pudiendo ser incorporados al lote cuya autorización fuera dispuesta por la Ordenanza anteriormente citada.

Que la enajenación de dichos bienes deviene procedente debido a su estado de desuso, deterioro y antigüedad.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 159 último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, adjuntándose la tasación oficial del bien que se pretende enajenar.

POR ELLO,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los bienes que se detallan en el Anexo I, que pasa a formar parte de la presente; en el marco del Expte. Nº 4126-6106/2020, sobre “Enajenación de bienes municipales en condición de desuso”.

ARTÍCULO 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo la enajenación mediante la forma de remate público, debiendo instrumentar las medidas necesarias para llevar a delante el mismo, teniendo como base el precio indicado en la tasación oficial que fuera realizada (Art. 159 L.O.M).

ARTÍCULO 3º: En el supuesto de fracaso del remate ordenado en el Artículo 1º, autorizase al Departamento Ejecutivo a ceder el bien a la Comisión del Hospital Municipal “Domingo V. Girotti”.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2021.

Articulos Relacionados

ORDENANZA Nº 1371/21
6 enero, 2022
ORDENANZA Nº 1370/21
25 noviembre, 2021
ORDENANZA Nº 1369/21
25 noviembre, 2021
ORDENANZA Nº 1368/21
25 noviembre, 2021
ORDENANZA Nº 1367/21
25 noviembre, 2021
ORDENANZA Nº 1366/21
25 noviembre, 2021
Ultimos Artículos
  • ORDENANZA Nº 1371/21
    6 enero, 2022
  • SE DESARROLLÓ LA EDICIÓN 2021 DEL CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL
    25 noviembre, 2021
  • ORDENANZA Nº 1370/21
    25 noviembre, 2021
  • ORDENANZA Nº 1369/21
    25 noviembre, 2021
  • ORDENANZA Nº 1368/21
    25 noviembre, 2021
HCD
Todos los derechos reservados HCD Tres Lomas