VISTO:
La donación de $ 200.000,00, efectuada por el Sr. JORGE CABALLERO, a favor del Hospital Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que el importe de la referida donación corresponde a parte de los honorarios percibidos por el Martillero Jorge Caballero, con motivo de su intervención en el Remate de bienes municipales en condición de desuso, establecido a través del Decreto N° 183/21.
Que la subasta pública se llevó a cabo el día 10 de julio del corriente año, en el marco de lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 1310/2020 y 1341/2021.
Que se estima conveniente aceptar la liberalidad efectuada.
Que atento a las disposiciones legales vigentes corresponde al Departamento Deliberativo Municipal, realizar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Aceptar la donación de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00), efectuada por el Sr. Jorge Caballero, a favor del Hospital Municipal “Dr. Domingo V. Girotti”, en razón de lo expuesto precedentemente.-
ARTICULO 2º: Agradézcase al Sr. Jorge Caballero, la deferencia puesta de manifiesto al efectuar la citada donación.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2021.