VISTO:
Lo actuado en el Expediente 4126-6160/2020 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza 1305/2020 el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder onerosamente, a favor de quienes adquieran viviendas de construcción en seco, lotes ubicados en el Barrio Yani a fin de instalar en ellos las referidas viviendas, adquirida mediante planes otorgados por empresas de construcción.
Que cumplidos los requisitos de inscripción previstos en los Decretos 136/2021 y 140/2021 se precedió al sorteo de tres (3) lotes de acuerdo a la cantidad de interesados que participaron, adjudicándose los mismos mediante Ordenanza N° 1355/2021.
Que mediante Ordenanza N° 1355/2021 las parcelas de terrenos sorteadas fueron adjudicadas a los interesados.
Que en razón de lo anteriormente expuesto, quedaron vacantes por falta de interesados cinco (5) de los lotes ofrecidos en el Plan.
Que con posterioridad a la adjudicación señalada anteriormente, los Sres. Nelson José Álvarez y Marcelo Fabián Rivas, acompañando la totalidad de la documentación requerida para participar del proyecto contemplado en la Ordenanza n° 1305/2020 y sus decretos reglamentarios, solicitaron al Departamento Ejecutivo la adjudicación de los terrenos designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección E, Manzana 6ar, Parcelas 18 y 19, respectivamente.
Que frente a la ausencia de otros interesados y a la existencia de un remante de tres (3) lotes, este Honorable Concejo Deliberante considera viable la pretensión sostenida por los vecinos citados en el considerando anterior.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquense dos (2) de los cinco (5) lotes de terrenos disponibles para la instalación de una vivienda de construcción en seco, a las personas que se detallan a continuación:
N°
VIVIENDA |
ADJUDICATARIO | DNI | UBICACIÓN CATASTRAL |
1 | Rivas Marcelo Fabián | 34.534.476 | Circ. II, Secc. E, Mz. 6ar, Parc. 19 |
2 | Álvarez Nelson José | 23.898.755 | Circ. II, Secc. E, Mz. 6ar, Parc. 18 |
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2021.