VISTO:
La mensura y división del inmueble ubicado en elegido urbano de la ciudad de Tres Lomas, individualizado catastralmente como: Circunscripción II, Fracción I, Sección E, Chacra 6, Parcela 9B, de la que surgen los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AR, Parcela 5; Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AS, Parcela 5 y 18; Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AW, Parcela 4 y 15; Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AT, Parcela 4 y 15 y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la mensura y división citada en VISTO, deviene necesario la desafectación del dominio privado municipal y posterior afectación de dichos inmuebles, al dominio público municipal.
Que existen otras parcelas similares a estas que al no habérseles dado un destino, se encuentran baldías generando un costo de mantenimiento por conservación a la comuna.
Que el resto de los lotes generados tiene un destino residencial en el marco de la Ley Nº 8912 y las Ordenanzas reglamentarias.
Que el artículo 60 de dicha Ley autoriza la permuta por otros bienes que permitan satisfacer de mejor forma el destino establecido.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Desaféctese del Dominio Privado Municipal y aféctese al Dominio Público Municipal a los polígonos perteneciente a la parcelas: Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AR, Parcela 5; Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AS, Parcela 5 y 18; Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AW, Parcela 4 y 15; Circunscripción II, Sección E, Quinta 6, Manzana 6AT, Parcela 4 y 15. Las superficies y medidas definitivas serán las que resulten del plano de mensura y subdivisión aprobado por la Dirección de Catastro Municipal.
ARTICULO 2°: Las modificaciones de mensura dispuestas en el artículo 1, se concretaran, mediante la intervención por la Dirección de Geodesia, conforme lo prescripto por Ley correspondiente.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2021.