VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica Municipal faculta al Honorable Concejo Deliberante a que en casos especiales, proceda a eximir de impuestos a determinados contribuyentes.
Que las normas provinciales establecen eximiciones impositivas.
Que en consecuencia.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA
CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Decláranse exentos del pago de la Tasa por Servicios Urbanos y Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, por el Ejercicio 2022, a todos los inmuebles provinciales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2021.