VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica Municipal faculta al Honorable Concejo Deliberante a que en casos especiales, proceda a eximir de impuestos a determinados contribuyentes.
Que las normas provinciales establecen eximiciones impositivas.
Que en consecuencia.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA
CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a eximir del pago de la Tasa por Servicios Urbanos, por el Ejercicio 2022, a las entidades gremiales reconocidas legalmente con asiento en jurisdicción del Partido de Tres Lomas.-
ARTICULO 2º: El beneficio que se acuerda por el artículo que precede, sólo será viable para los inmuebles cuyo destino sea sede del organismo gremial pertinente.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2021.