VISTO
La Ordenanza 1236/2018; y
CONSIDERANDO
Que, la Asociación Civil Centro de día Huellas de Tres Lomas desde febrero de 2018 cuenta con la Personería Jurídica por Resolución DPPJ Nº 456,
Que, la misma cuenta con un Programa para brindar servicios a niños, jóvenes y adultos con discapacidad severa o profunda, con el objeto de posibilitar el más adecuado desempeño en su vida cotidiana, mediante la implementación de actividades tendientes a alcanzar el máximo desarrollo posible de sus potencialidades,
Que, para comenzar a tramitar las habilitaciones correspondientes y poder funcionar solo resta que se haga efectivo lo establecido por la Ordenanza mencionada en el visto con fecha 27 de septiembre de 2018.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicítese al Intendente Municipal instrumente, de forma urgente, la cesión por comodato del inmueble denominado “Matadero Municipal” a la ONG Asociación Civil Centro de día Huellas de Tres Lomas establecida por Ordenanza 1236/2018.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2022.