VISTO:
La Ordenanza N° 1342/21, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza citada, se cedió en forma gratuita a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, los inmuebles de propiedad Municipal designados catastralmente como Cir. II, Secc. E, Mz. 6bn, Parc. 19, 20, 21, 22 y 23, sitos en calle Antártida Argentina 910 de esta ciudad de Tres Lomas, donde se encuentra implantado el edificio del Jardín Maternal N° 1;
Que, mediante plano de mensura N° 127-4-2019, se llevó a cabo la unificación de las parcelas referenciadas, dando origen a una nueva nomenclatura, designándose catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Manzana 6bn, Parcela 19a;
Que, mediante memorándum 2022-01268704-GDEBA-DPCCYAIDGCYE, el organismo provincial solicita se dicte una nueva Ordenanza, para lo cual requieren una modificación en la parte dispositiva de la norma legal citada;
Que, tal petición no altera de manera alguna la finalidad del acto por lo que resulta viable dar cumplimiento al requerimiento efectuado por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRES LOMAS EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza 1342/21, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°: Cédase en forma gratuita a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, el inmueble de propiedad Municipal, sito en calle Antártida Argentina 910 de Tres Lomas, designado catastralmente como Circ. II, Secc. E, Mz. 6bn, Parc. 19a, conforme plano N° 127-4-2019, donde actualmente se asienta el edificio del Jardín Maternal N° 1.”
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2022.