VISTO
El Expediente Nº 4126-6567/2022, por el que tramita la Licitación Privada N° 08/2022, correspondiente a la Provisión de Carpinterías de aluminio para la construcción de ampliación Anexo Escuela Secundaria N° 1; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 06/10/2022 se llevó a cabo la apertura de ofertas correspondientes;
Que conforme surge del expediente N° 4126-6567/2022 y según informe de la Jefatura de Compras, se presentaron dos empresas: Aberturas Pampeanas S.A. y Aluminios Tres Lomas S.H.;
Que la propuesta de Aberturas Pampeanas S.A. no se ajusta a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Pliego de Especificaciones Técnicas y Particulares respectivo, motivo por el cual hubo una única oferta válida;
Que la empresa Aluminios Tres Lomas S.H. cumplió con todos y cada uno de los requisitos establecidos en los pliegos de bases y condiciones correspondientes a dicha licitación, siendo la oferta de evidente conveniencia;
Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 155 de la Ley Orgánica Municipal, corresponde que este Honorable Concejo Deliberante autorice la adjudicación de la Licitación Privada N° 08/2022,
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase la adjudicación de la Licitación Privada N° 08/2022, correspondiente a la Provisión de Carpinterías de aluminio para la construcción de ampliación Anexo Escuela Secundaria N° 1, que tramita por Expediente N° 4126-6567/2022, a la empresa ALUMINIOS TRES LOMAS S.H., en razón de lo expuesto en los considerandos precedentes.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2022.