VISTO
La imperiosa necesidad que tiene el pueblo de ingeniero Thompson de contar con ambulancia, y
CONSIDERANDO
Que, la comunidad de Ingeniero Thompson cuenta con 150 habitantes aproximadamente.
Que, posee una sala de primeros auxilios, donde trabajan médicos, odontólogo y enfermeras.
Que, el pueblo cuenta con un jardín de infantes, una escuela Albergue primario y secundario.
Que, dicho pueblo es atravesado por una ruta con tránsito liviano y pesado fluido, donde puede ocasionarse accidentes.
Que, en el pueblo surgen urgencia y/o emergencias con frecuencia.
Que, es una zona agrícola y ganadera, donde trabajan muchas personas en el campo, con los riesgos que ello significa, por manejar maquinaria agrícola.
Que, la ambulancia más cercana, se encuentra en la ciudad cabecera del partido, ciudad de Tres Lomas, distante de ingeniero Thompson, unos 20 km aproximadamente.
Que, el tiempo que se tarde en trasladar a una persona, que esté padeciendo una urgencia o emergencia, es vital y de ellos muchas veces, depende la vida.
Que, el diputado provincial Emiliano Balbín, presentó un proyecto en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, solicitando al departamento ejecutivo, a través del ministerio de salud de la provincia de Buenos Aires, realice las gestiones necesarias, para dotar de una ambulancia de alta complejidad, al pueblo de Ingeniero Thompson.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE TRES LOMAS EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Adhiérase al proyecto presentado por el diputado Emiliano Balbín, pidiendo que se equipe de una ambulancia, la sala de primeros auxilios de Ingeniero Thompson.
ARTICULO 2º: Solicítese a la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, el rápido tratamiento del proyecto.
ARTICULO 3º: Solicítese al intendente municipal del distrito, apoye las gestiones realizadas y de ser necesario, realice lo propio en tal sentido.
ARTICULO 4º: Envíese copia del proyecto, a la cámara de diputados de la provincia de Buenos Aires y al Diputado Emiliano Balbín.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2022.