VISTO
La necesidad de brindarles los mismos derechos a todos los habitantes del distrito de Tres Lomas, y
CONSIDERANDO
Que, el natatorio municipal “Miguel Ángel Sei”, no fue climatizado pensando solo en el sentido recreativo sino también en su impacto en el bienestar en términos de salud en las personas,
Que, el agua es el mejor medio para rehabilitación de diversas patologías y lesiones de índole formativa o traumáticas,
Que, desde el municipio se ofrecen asistencias técnicas para adultos, niños y adolescentes,
Que, existen horarios de “pileta libre”,
Que, el natatorio es patrimonio de todos quienes habitamos suelo treslomense,
Que, no todos los vecinos de Ingeniero Thompson cuentan con los medios de transportes y/o económicos para poder llegar hasta el natatorio.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, previo examen e informe socio económico pertinente; arbitre los medios necesarios (transporte) para que los vecinos de la localidad de Thompson tengan la posibilidad de concurrir al natatorio en el período invernal (marzo-noviembre)
ARTICULO 2°: Comuníquese, dese razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el registro oficial y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRES LOMAS, A LOS DIESIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2022.